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SECCIÓN DE OBRAS DE FILOSOFÍA


MEDITACIÓN SOBRE LA PENA DE MUERTE

AGUSTÍN BASAVE
FERNÁNDEZ DEL VALLE

MEDITACIÓN
SOBRE LA
PENA DE MUERTE

Fondo de Cultura Económica

COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE NUEVO LEÓN

FONDO DE CULTURA ECONÓMICA

Primera edición, 1997
   Primera reimpresión, 1998
Primera edición electrónica, 2014

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A la ilustre UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
(Buenos Aires, República Argentina), que me honró con el grado académico de doctor honoris causa y con el título de profesor honorario

 

 

 

 

A mi inolvidable amigo
el doctor ISMAEL QUILES, S. J. (†) en testimonio de alta estimación intelectual, de viva gratitud y de sincera admiración al ilustre orientalista y al filósofo creativo

 

Al profesor y doctor IVO HÖLLHUBER, austriaco universal, filósofo ex veritate y amigo ex corde. En testimonio de gratitud al primer europeo que comprendió y difundió mi obra filosófica

 

 

 

 

 

Al profesor y doctor ALAIN GUY, el más insigne conocedor francés de la filosofía española y de la filosofía latinoamericana. En testimonio de gratitud a mi noble amigo y prologuista

PRÓLOGO

No soy partidario de prolijos discursos antepuestos al cuerpo de la obra en un libro de cualquier clase, para dar noticia al lector del fin de esa obra o para hacerle alguna otra advertencia. Me limitaré, en apretado resumen, a ofrecer las características esenciales y el designio primordial en mi Meditación sobre la pena de muerte.

La investigación emprendida presenta un enfoque pluridisciplinario; pero priva la meditación filosófico-jurídica. Aun así, no he podido ni he querido prescindir del auxilio de las perspectivas teológica, estadística, criminológica y sociológica. Al final de cuentas, lo que importa no es tanto la pureza del método, sino el resultado obtenido en la investigación, por diversas vías de acceso a la verdad.

La presente obra contiene seis capítulos. Empiezo por plantear el principal problema de la investigación: ¿licitud o ilicitud de la pena de muerte? Es preciso examinar —y así lo hago— el fundamento de la justicia penal, la razón o sinrazón de la corriente abolicionista y la pena de muerte considerada ante la recta razón. Sentados estos preámbulos necesarios, primero estudio los derechos humanos y, en particular, el derecho humano a la vida. Era natural examinar los fundamentos filosóficos y teológicos que presentan los abolicionistas y los partidarios de la pena de muerte. Por el destacado lugar que ocupa la tradición de los partidarios de la pena de muerte, presento un texto de Santo Tomás y la crítica personal a ese texto. Me pareció interesante confrontar la posición de san Agustín con la de Santo Tomás frente al problema de la pena de muerte. Adopto mi propia posición y señalo la superioridad axiológica de la doctrina agustiniana sobre la doctrina tomista.

Si se trata de una supuesta pena, es menester buscar el sentido de la penología y concluir con el sentido o sinsentido de la pena de muerte. No se puede desconocer la historia de la pena de muerte, aunque se trate —como en mi caso— de un estudio primordialmente sistemático y no histórico; en consecuencia, no emprendo una historia de la pena de muerte, pero examino el problema de la pena de muerte en la historia. Al vivir en México y ser mexicano —aunque intente ser mexicano universal— he considerado la pena de muerte en México: historia y doctrina. El estudio de la pena de muerte en la historia termina con las grandes declaraciones históricas sobre dicha pena y con ésta en el nuevo Catecismo de la Iglesia católica.

Tras una apasionada y apasionante búsqueda de la verdad sobre las razones que asisten a los abolicionistas y a los mortícolas, opté por escribir el último capítulo acerca de la pena de muerte ante el derecho intrínsecamente justo. Ante todo, urgía esclarecer el fundamento y esencia del derecho natural, para juzgar la pena de muerte bajo la luz iusnaturalista. Finalmente, en este libro explico mi tesis fundamental: la intangible dignidad óntico-axiológica de la persona humana y de su derecho a la vida y a la integridad corporal. Por no distinguirse clara y rigurosamente la esfera óntico-axiológica de la esfera moral, se ha incurrido en lamentables errores doctrinales, con trágicas consecuencias prácticas. En el estudio profundo de la dignidad en la esfera óntico-axiológica de la persona humana, descubro tres notas constitutivas, fundamentales e inalienables: deiformidad, teofanía y teotropismo. Ningún delincuente, por perverso y abyecto que sea, puede dejar de ser persona humana, deiforme, teofánica y teotrópica. Estas características esenciales de la dignidad humana no pertenecen al comportamiento moral, bueno o malo, inocente o culpable, lícito o ilícito. Los vaivenes de la vida moral del hombre no alteran la estructura permanente ni la intangibilidad de la dignidad personal. Tras esta consideración fundamental viene el acopio de razones para respetar siempre la vida humana, para no matar —salvo el caso de legítima defensa— y para demostrar la criminosidad, la inutilidad, la ineficacia y la esterilidad de toda pena de muerte que inflige el Estado.

El hombre res sacrae para el hombre está encomendado a él. En buena tesis, no cabe matar personas que quitan la vida a otras con el fin de mostrar que es malo matarlas. La primitiva y bárbara ley taliónica que afianza la espiral de la violencia se debe abolir. Mi enérgica vocación para salvaguardar la vida humana, aun en el caso de los más torvos delincuentes, me ha llevado a emprender la lucha para derrotar definitivamente los argumentos de los mortícolas. Tarea de intelectual —filósofo y jurista— y privilegio de cristiano, me cuento entre los constructores de la vida. Mi investigación no quiere presentar, tan solo, un alto valor teorético. Quisiera ser edificante y salvar con mi ciencia o con mi consejo otras vidas. Hablo como espíritu inmortal a mis hermanos itinerantes en este status viatoris, para que emprendamos juntos la exaltación de lo sagrado que hay en toda creatura religada metafísicamente al Ser fundamental y fundamentante.

AGUSTÍN BASAVE FERNÁNDEZ DEL VALLE